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¿QUIERES SER UN NÓMADA DIGITAL Y TELETRABAJAR EN ESPAÑA?

Actualizado: 28 mar 2023

La era tecnológica ha llegado para quedarse y por ende, las leyes han tenido que adaptarse a una materia nueva como es INTERNET. En este sentido, y también por culpa de la pandemia mundial, la ley laboral ha definido y normalizado conceptos como el "TELETRABAJO".


Sin embargo, los legisladores españoles no se olvidan de lo que significó la fuga de cerebros en la década pasada, y apuestan por la llegada de nuevos talentos a España. Es por eso que la legislación ha forjado el concepto de "NÓMADA DIGITAL".



Actualmente, cualquier persona extranjera que cumpla una serie de requisitos puede obtener un visado y, posteriormente, un permiso de residencia para teletrabajar. Esta ley abre la puerta a una vida totalmente distinta, donde, ya sea por un año o por más, muchos extranjeros puedan decidir vivir una temporada en España.


A continuación, señalaremos los requisitos que marca la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores para teletrabajar en España:


  1. Carecer de ANTECEDENTES PENALES, tanto en España como en los países donde hayamos vivido en los últimos 2 años.

  2. DECLARACIÓN RESPONSABLE de INEXISTENCIA de ANTECEDENTES PENALES, en los últimos 5 años.

  3. Contar con un SEGURO MÉDICO en el territorio español.

  4. Pagar la TASA correspondiente (mod. 790 - 038)

  5. Demostrar la ACTIVIDAD REAL y CONTINUADA durante 1 AÑO de la EMPRESA/GRUPO DE EMPRESA con la que el trabajador mantiene relación laboral/profesional.

  6. Documentación que acredite que la RELACIÓN LABORAL/PROFESIONAL permite el TELETRABAJO

  7. Documentación que acredite disponer de TITULACIÓN ADECUADA para el trabajo

  8. CERTIFICADO de COBERTURA de la Seguridad Social o compromiso de inscripción del ALTA

  9. Demostrar RECURSOS ECONÓMICOS mensuales SUFICIENTES .

Además, según nuestro supuesto personal, tendremos que aportar una documentación específica:

  1. SUPUESTOS de RELACIÓN LABORAL:

    1. Acreditar que la relación laboral existe desde los ÚLTIMOS 3 MESES previos a la solicitud.

    2. Acreditar CONFORMIDAD de la EMPRESA EMPLEADORA para TRABAJAR A DISTANCIA.

  2. SUPUESTOS de RELACIÓN PROFESIONAL:

    1. Acreditar que la relación mercantil existe desde los ÚLTIMOS 3 MESES, previos a la solicitud

    2. Acreditar TERMINOS y CONDICIONES en los que va EJERCER ACTIVIDAD PROFESIONAL A DISTANCIA







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